La normativa de instalaciones eléctricas tiene la doble misión de asegurar un correcto funcionamiento de la instalación y de garantizar la seguridad de su uso evitando descargas o minimizando sus efectos.
Normalmente la normativa afecta a los técnicos proyectistas y a los instaladores principalmente, pero también alcanza al usuario en algunos aspectos.
En particular, el usuario puede verse afectado tanto en cuanto pueda alterar la instalación original, como en cuanto a que sea el promotor de la vivienda o reforma de la misma.
Hay que tener en cuenta que la Ley de Ordenación de la Edificación considera al usuario como un agente con algunas obligaciones entre las que se cuenta hacer un buen uso del edificio, de sus instalaciones y efectuar un mantenimiento adecuado. Y esta misma ley hace corresponsable al promotor de una obra o reforma de los incumplimientos que se produzcan considerando que tiene la obligación de contratar a personal cualificado para llevar a cabo el trabajo.
Normativa de aplicación
La normativa más directamente de aplicación en viviendas es la del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
En este reglamento se detalla cómo debe ser la instalación desde la acometida de la compañía eléctrica hasta los diferentes circuitos de la casa. Prevé los diferentes interruptores de protección y control que deben existir y que no deben manipularse. Igualmente prevé unos volúmenes de protección en baños y cocinas en donde no pueden colocarse enchufes ni pueden usarse alargadores ni multiplicadores de tomas.
El Código Técnico de la Edificación también obliga a lograr una Seguridad de Utilización bajo la acción del rayo, lo que puede llevar a tener que instalar un pararrayos o a asegurar un mantenimiento del que exista incluyendo la toma de tierra.
Incumplimientos más frecuentes
El usuario incumplirá la normativa si dispone de alargadores o multiplicadores de tomas en zonas en las que esto está especialmente prohibido como los baños y cocinas. Además, deberá limpiar los elementos eléctricos con paños secos y hacerlo siempre calzado haciendo un correcto mantenimiento de la instalación de acuerdo con las instrucciones del Libro del Edificio.
La penalización por este tipo de incumplimientos es inusual aunque puede afectar a la valoración que haga un seguro encargado de abonar una indemnización. Lo que sí es más corriente es que se multe a los usuarios que manipulen el interruptor de control de potencia, que es propiedad de la compañía eléctrica.
Como promotor de una vivienda nueva o una reforma deberá encargar la obra a una empresa que disponga de técnicos competentes con el Proyecto si es necesario o a instaladores autorizados para llevar a cabo los trabajos. De otro modo, podrá incurrir en responsabilidad si se incumple la normativa, especialmente en caso de accidente.
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